La Comisión de Cultura dio luz verde a un proyecto que busca equiparar el marco legal de todas las disciplinas.
En un paso que podría redefinir el estatus jurídico de las artes marciales en Chile, la Comisión de Cultura, Patrimonio, Artes, Deportes y Recreación del Senado aprobó en general el proyecto de ley que busca considerar como deportes a todas las disciplinas marciales, homologando así la normativa aplicable a su enseñanza, práctica y difusión. La iniciativa avanza ahora a votación en la Sala del Senado, en el marco de su segundo trámite constitucional.
La propuesta surge en un contexto donde solo algunas artes marciales cuentan con reconocimiento deportivo formal, mientras que otras permanecen bajo un régimen especial de autorización y fiscalización dependiente de la Dirección General de Movilización Nacional, lo que ha generado trabas administrativas y limitaciones para su desarrollo.
Aprobación unánime en la Comisión
El proyecto fue aprobado por unanimidad por los senadores, integrantes de la instancia, Luciano Cruz-Coke, Sebastián Keitel y el presidente de la comisión, Ricardo Lagos. La discusión se dio en torno a la necesidad de actualizar la legislación vigente y adecuarla a la realidad actual de estas disciplinas, cada vez más difundidas tanto en el ámbito formativo como competitivo.
La iniciativa corresponde a la refundición de los boletines N° 15.767-29 y 16.248-29, mociones originadas en la Comisión de Deportes de la Cámara de Diputadas y Diputados, lo que refleja un trabajo legislativo previo y transversal.
Incorporación a la Ley del Deporte
El núcleo del proyecto apunta a incorporar el concepto de artes marciales en la Ley N° 19.712, Ley del Deporte, corrigiendo la terminología vigente y extendiendo su aplicación a todas las disciplinas y estilos existentes. De este modo, se busca establecer un marco común que regule su enseñanza, práctica y difusión bajo los mismos parámetros que otras actividades deportivas reconocidas oficialmente.
Actualmente, la normativa distingue entre disciplinas reconocidas y otras sujetas a controles especiales. La legislación vigente, particularmente la Ley N° 18.039 de 1981 y la Ley N° 18.356, establece normas de control específicas y reconoce solo ciertos estilos como Aikido, Hapkido, Jet Kune Do, Kung Fu, Krav Maga, Jujitsu, Sambo, Savate o Tai Chi, junto con sus derivados y combinaciones.
La nueva propuesta contempla dejar sin efecto ambas leyes, eliminando el régimen especial que rige hoy para determinadas disciplinas.
Plazo de transición y nuevo marco regulatorio
El proyecto incorpora un artículo transitorio que fija un plazo de seis meses, contados desde la publicación de la eventual ley, para dejar sin efecto las normativas mencionadas. Este período busca garantizar una transición ordenada hacia el nuevo marco regulatorio, evitando vacíos legales o desajustes institucionales.
Un cambio que va más allá de lo deportivo
Desde Revista Mandato creemos que más que una modificación técnica, la iniciativa abre un debate sobre cómo el Estado reconoce y regula prácticas culturales y formativas que han evolucionado en el tiempo. Las artes marciales no solo implican competencia física, muchas de ellas integran componentes filosóficos, disciplinarios y comunitarios.
Homologar su tratamiento legal bajo la Ley del Deporte puede representar un avance en términos de igualdad normativa y desarrollo institucional. Sin embargo, también exigirá una implementación cuidadosa para asegurar que la regulación no diluya las particularidades de cada disciplina. El desafío ahora pasa de la Comisión a la Sala, donde se definirá si esta actualización legislativa se convierte en ley y redefine el mapa normativo de las artes marciales en el país.