El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA), reclamó al Senado abrir un debate de actualización de la Ley 12.908 y alertó que su eliminación afectaría la libertad de expresión, el derecho a la información y la calidad institucional.
Reformas
En un contexto de reformas estructurales impulsadas desde el Poder Ejecutivo y de revisión profunda de marcos regulatorios históricos, FOPEA encendió una señal de alarma ante el inminente tratamiento legislativo de una iniciativa que propone derogar el Estatuto del Periodista Profesional (Ley 12.908). Para la entidad, lejos de modernizar el ejercicio de la profesión, la supresión lisa y llana de la norma implicaría un retroceso sin precedentes en materia de derechos laborales, libertad de expresión y garantías democráticas.
Presentación formal ante el Senado
FOPEA hizo llegar una nota formal a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Honorable Senado de la Nación, presidida por la senadora Patricia Bullrich. El documento también fue remitido a la presidenta del Senado, Victoria Villarruel, y a los presidentes de los bloques Justicialista (José Mayans), Unión Cívica Radical (Eduardo Vischi) y PRO (Enrique Goerling Lara).
En esa presentación, la organización expresó su profunda preocupación por el avance de una propuesta que plantea la derogación total del Estatuto del Periodista Profesional, una ley vigente desde 1944 que regula condiciones laborales específicas del ejercicio periodístico en Argentina.
No suprimir, sino debatir y actualizar
Si bien FOPEA reconoce que el Congreso se apresta a debatir cambios regulatorios de gran alcance, advirtió que el camino institucional no puede ser la eliminación de una norma que constituye un pilar del ejercicio profesional, sino su revisión, actualización y adecuación a las transformaciones tecnológicas, laborales y productivas del periodismo contemporáneo.
Eliminar el Estatuto, sostiene la entidad, no sólo desprotege a los trabajadores de prensa, sino que debilita el entramado legal que resguarda la independencia periodística frente a presiones políticas, económicas y empresariales.
Argumentos jurídicos y jurisprudencia que respaldan la posición de FOPEA:
Principio de progresividad y prohibición de regresividad
FOPEA recordó que la derogación del Estatuto vulneraría el principio de progresividad de los derechos, reconocido por el bloque de constitucionalidad federal. En la causa “Milone”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación afirmó que el legislador no puede adoptar medidas regresivas injustificadas en materia de derechos fundamentales. A ello se suma el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que consagra el derecho a una mejora continua de las condiciones de trabajo.
Libertad de expresión y acceso a la información
Lejos de ser una norma meramente laboral, el Estatuto del Periodista contiene disposiciones centrales para la libertad de expresión. Los artículos 5, 29 y 13 garantizan el libre tránsito, el acceso a fuentes y el ejercicio pleno del derecho a informar. En el fallo “Monzón, Florencio” (1995), la Corte Suprema reconoció expresamente la vigencia y primacía de la Ley 12.908 para asegurar el acceso periodístico a información judicial, aun en expedientes archivados.
Estabilidad laboral e indemnización agravada
El artículo 43 del Estatuto establece una indemnización agravada que protege la estabilidad del periodista, definida como “base esencial” de la ley. En el fallo “Roca, Mario c/ Análisis S.A.” (Fallos 282:230), la Corte Suprema avaló su constitucionalidad y descartó que se trate de un privilegio indebido o una diferenciación arbitraria.
Igualdad ante la ley y regímenes especiales
La jurisprudencia ha sido clara al sostener que la existencia de regímenes indemnizatorios diferenciados según la actividad no vulnera el principio de igualdad. Ya en 1957, la Corte señaló que no corresponde a los tribunales uniformar regímenes estatutarios, ni juzgar su conveniencia, cuando el legislador ha considerado las particularidades y el interés social de una profesión.
Lo que está en juego
En definitiva, el debate excede largamente una discusión técnica o sectorial. El trabajo periodístico cumple una función social de interés general, indispensable para el funcionamiento, la preservación y el fortalecimiento del sistema democrático. Desmantelar el Estatuto del Periodista bajo el argumento de un supuesto “fuero especial” implica desconocer esa función y desatender décadas de doctrina, jurisprudencia y consensos institucionales.
Como ha señalado la Cámara Nacional del Trabajo, el Congreso tiene plena facultad para establecer normas específicas que, atendiendo a las particularidades de una actividad y a su relevancia social, refuercen la protección que le es debida. En ese marco, derogar el Estatuto no sólo afectaría a los periodistas: empobrecería el derecho de la sociedad a estar informada y debilitaría uno de los pilares esenciales de la democracia argentina.