Carabineros, informó que reforzó la fiscalización ante el aumento del comercio y uso ilegal de fuegos artificiales por las celebraciones de fin de año. Desde la institución se recordó que hace 25 años que se sancionó la Ley 19.680 que prohíbe a la ciudadanía, la venta y el uso recreativo o doméstico de pirotecnia.
Qué establece la normativa
La ley prohíbe la fabricación, importación, comercialización, posesión y utilización de pirotecnia, salvo en espectáculos debidamente autorizados, una restricción que responde al alto riesgo que estos elementos implican para la seguridad de las personas.
Historia de la ley
En 2025 se cumplieron 25 años de la entrada en vigencia de la Ley 19.680, normativa que marcó un punto de inflexión en materia de seguridad pública al prohibir el uso recreativo o doméstico de fuegos artificiales en Chile. La ley fue implementada durante el gobierno del expresidente Ricardo Lagos, en un contexto donde el uso de pirotecnia era una práctica extendida y socialmente naturalizada.
Hasta entonces, los registros de quemaduras y lesiones graves, que afectaban principalmente a niños y niñas, evidenciaban un problema de salud pública. En ese proceso, la Corporación de Ayuda al Niño Quemado (Coaniquem) tuvo un rol decisivo, aportando datos, estadísticas y campañas de concientización que visibilizaron la magnitud del daño.
La discusión parlamentaria se extendió por seis años, pero permitió consolidar una normativa que, a un cuarto de siglo de su implementación, continúa siendo una herramienta clave para la prevención de lesiones y la protección de la vida, especialmente en contextos de alta exposición como las celebraciones de fin de año.